Documentos habilitados para el sufragio
Según lo establecido por la autoridad competente, los votantes podrán presentarse en las mesas electorales con las siguientes versiones del Documento Nacional de Identidad: el DNI tarjeta, el DNI tarjeta de libreta celeste que posea la leyenda “no válido para votar” pero sin especificación de ejemplar, el DNI libreta celeste, el DNI libreta verde, la Libreta de Enrolamiento y la Libreta Cívica. Esta diversidad de formatos busca abarcar la totalidad de documentos vigentes emitidos a lo largo de las últimas décadas.
La importancia del ejemplar físico
Un aspecto fundamental a considerar es que el ejemplar del documento exhibido debe ser igual o posterior al que figura en el padrón electoral. Esta medida es vital para asegurar la identidad actualizada del votante y evitar posibles inconsistencias.
Asimismo, la Dirección de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas enfatizó una aclaración relevante para la era digital: el DNI en su versión digital, aquel que se utiliza en dispositivos móviles mediante aplicaciones oficiales, no será considerado válido para emitir el sufragio. Por lo tanto, se recomienda encarecidamente a los ciudadanos llevar consigo el documento físico correspondiente el día de los comicios para evitar cualquier inconveniente al momento de votar. La previsión será clave para una jornada electoral sin contratiempos.
