El Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Regularización y Consolidación Dominial, ha realizado una importante clarificación destinada a los ciudadanos, con el fin de desambiguar los procesos de escrituración de propiedades. La iniciativa busca resolver una de las confusiones más recurrentes entre los residentes: la distinción fundamental sobre qué organismo es el competente para formalizar la titularidad de un inmueble, un aspecto crucial que reside en la propiedad dominial del terreno.

la distinción entre escrituras IPV y regularización dominial

La cartera gubernamental enfatiza que si la titularidad del terreno pertenece al Instituto Provincial de la Vivienda (IPV), el trámite de escrituración debe ser gestionado, sin excepción, a través de dicho organismo. Este proceso es exclusivo del IPV, ya que es la entidad que ostenta el dominio original del inmueble. Es importante subrayar que este procedimiento no se realiza en las dependencias del Ministerio de Gobierno y no constituye un trámite de carácter gratuito.

Asimismo, se destaca una diferencia sustancial entre la adjudicación directa de una vivienda por parte del IPV y aquellos casos que involucran una asistencia financiera con AFE. Esta última situación se presenta cuando una vivienda fue edificada con el respaldo económico del IPV, pero el terreno sobre el cual se construyó fue adquirido previamente por otras entidades, tales como cooperativas, gremios, mutuales o constructoras privadas.

documentación necesaria y el procedimiento de gestión

Para discernir si el trámite de regularización dominial corresponde ser iniciado ante el Ministerio de Gobierno, los interesados deben presentar una serie de documentos esenciales. El principal es la «Resolución de Cancelación de la vivienda del IPV», documento que se obtiene mediante expediente en el Instituto, junto con el comprobante de pago de la última cuota adeudada.

Una vez reunida la documentación pertinente, el procedimiento en la Dirección de Regularización y Consolidación Dominial se detalla en los siguientes pasos:

  • Acudir a la Dirección con los documentos requeridos para la apertura del expediente.
  • Presentar una boleta de Rentas o Nomenclatura Catastral, lo cual es fundamental para verificar que el terreno cumple con los requisitos establecidos.
  • Aportar el boleto de compraventa del inmueble.
  • Adjuntar documentación que certifique la posesión efectiva y continuada del terreno, como recibos de pago de servicios públicos (agua, luz, gas) o impuestos, que respalden la ocupación durante el periodo exigido.

Es primordial asegurarse de que no existan conflictos legales con terceros sobre la propiedad en cuestión, para garantizar la viabilidad del proceso.

requisitos adicionales para la regularización dominial

Además de lo mencionado, la Dirección solicita la siguiente documentación para completar el expediente de regularización dominial:

  • Acreditación de causa lícita de posesión: Esto puede incluir el boleto de compraventa, una cesión de derechos, un título antecedente o boletas de pago que justifiquen la tenencia.
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante y de todas las personas que residan en el inmueble.
  • Recibos de pago de servicios que comprueben al menos 20 años de ocupación ininterrumpida del inmueble.
  • Boletas de impuestos municipales, en caso de poseerlas.
  • Acta de Matrimonio actualizada y debidamente legalizada, si corresponde.

beneficios tangibles de la escrituración de propiedades

Contar con la escritura de su propiedad confiere una serie de ventajas fundamentales que redundan en la tranquilidad y el patrimonio del propietario:

  • Seguridad jurídica: Garantiza la protección legal de la propiedad ante posibles conflictos o disputas, otorgando plena validez al derecho de dominio.
  • Acceso a servicios públicos: Permite la conexión y regularización de servicios esenciales como agua, luz y gas, bajo condiciones formales y estables.
  • Facilidad para créditos: Otorga la posibilidad de solicitar créditos hipotecarios para la realización de mejoras, ampliaciones o cualquier otra inversión en el inmueble.
  • Mayor valor comercial: Incrementa significativamente el valor de mercado de la propiedad, facilitando futuras transacciones y consolidando el patrimonio.

Para consultas y trámites, los interesados pueden dirigirse a Agustín Gnecco 395 sur, Capital, San Juan, en horario de 8 a 13 horas, o comunicarse a los teléfonos 4933333 / 4201886, también en el mismo horario.