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Jueves 5 de noviembre: diputados deliberarán en el recinto

La Cámara de Diputados de San Juan celebrará este jueves 5 de noviembre, la Decimotercera sesión del período ordinario en cuyo transcurso abordará ocho mensajes y proyectos de ley enviados por el Poder Ejecutivo. Uno de ellos propone la ampliación parcial de la Ley Tributaria Anual; otro la modificación de la Ley de Regalías Mineras y el resto la ratificación de diversos convenios referidos a la Diplomatura en tratamiento de Residuos Sólidos; al Plan Nacional de Seguridad Alimentaria a personas con celiaquía; al Plan Nacional para la prevención del sobrepeso y obesidad en niños, niñas y adolescentes;  al Sistema de Alumbrado ubicado en la Ruta Nacional Nº 40; y a la colaboración mutua con la Asociación Civil Sociedad Israelita de Beneficencia de San Juan; y también con la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (AR-SAT).

Asimismo, el cuerpo legislativo tratará la adhesión al DECNU N° 814-2020 referido al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y Distanciamiento Social, Preventivo Y Obligatorio, el cual extiende su vigencia hasta las veinticuatro 24 horas del día 8 de noviembre del 2020.

Ampliación parcial de la Ley Tributaria Anual

Con despacho favorable de las respectivas comisiones,  los diputados considerarán el mensaje Nº 107 y proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo por el que propone la modificación y ampliación parcial de la Ley Tributaria Anual Nº 2026-I, con el objeto de incluir a los Grandes Generadores de Entes Públicos y Privados en la contribución de la Tasa por Disposición Final de RALEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos).

El Inciso 3 al Artículo 29 TER de la Ley a incorporar quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 29 TER, 3) Se pagarán los siguientes importes en concepto de tasa de cobro por disposición final de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE): a) Organismos centralizados y descentralizados del Estado Provincial: 9 unidades tributarias por kilogramo; b) Municipios: 9 unidades tributarias por kilogramo; c) Organismos del Estado Nacional en territorio provincial: 9 unidades tributarias por kilogramo; d) Instituciones y organizaciones no gubernamentales: 17 unidades tributarias por kilogramo; e) Grandes, pequeñas y medianas empresas: 17 unidades tributarias por kilogramo; f) Personas físicas en carácter de usuario de artefactos eléctricos y electrónicos para uso doméstico (Generador eventual): exentas de pago.”

Cabe señalar que esta iniciativa está relacionada con el Proyecto “Gestión Integral de Residuos Especiales de Generación Universal GIREGU: Campañas de Recolección de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, y de Pilas y Baterías en desuso”.

Modificación de la Ley de Regalías Mineras

Luego, los diputados abordarán un Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo mediante mensaje Nº 115, por el que se modifica el artículo 17 de la Ley Nº 716-M, Regalías Mineras, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 17.- Lo recaudado en concepto de Regalías Mineras se debe distribuir de la siguiente manera:

 1) Respecto de los proyectos que hasta el 29 de noviembre de 2007: a. Tenían aprobado el informe de Impacto Ambiental de Explotación con Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y; b. Tenían presentado el informe de Impacto Ambiental y se encontraban en la última etapa de obtención de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA.) para explotación: 1.1) Para Rentas Generales de la Provincia, el cincuenta y cinco por ciento (55%). 1.2) Para la Municipalidad, donde tenga su asiento el yacimiento minero, el treinta y tres por ciento (33%). 1.3) Para el Ministerio de Minería, el doce por ciento (12%).

 2) Respecto de los proyectos que obtuvieron la aprobación del informe con Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y de aquellos, cuyos informes de Impacto Ambiental de Explotación son posteriores al 29 de noviembre de 2007: 2.1) Para Rentas Generales de la Provincia, el setenta por ciento (70%). 2.2) Para la Municipalidad donde tenga su asiento el yacimiento minero, el veinte por ciento (20%). 2.3) Para el Ministerio de Minería, el diez por ciento (10%).

 En cualquiera de los casos citados, los recursos asignados a favor del Municipio deben ser destinados a la realización de proyectos estratégicos vinculados al desarrollo económico, productivo, industrial, turístico, que brinden condiciones para generar mayor mano de obra; y a la construcción de viviendas en el departamento. En ningún caso pueden ser destinados a gastos de erogaciones corrientes. Los recursos asignados al Ministerio de Minería, deben ser depositados en una cuenta especial y distribuidos de la siguiente manera:

a) Sesenta y cinco por ciento (65%), para la tarea de fiscalización y control, especialmente a las acciones dirigidas a la preservación del ecosistema.

 b) Veinticinco por ciento (25%), para cubrir las ayudas económicas, asumidas por el Ministerio de Minería, con el fin de promocionar la actividad minera en la Provincia de San Juan, en materia deportiva, social, cultural y educativa. En estos casos el Poder Ejecutivo debe autorizarlo por decreto.

c) Diez por ciento (10%), para la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia o el organismo que en el futuro lo reemplace, a efectos de promover el fortalecimiento del Sistema Provincial de Innovación (SPI), con el objetivo de impulsar el desarrollo económico con equidad en la Provincia de San Juan, aumentando simultáneamente la competitividad de las empresas locales, la generación de nuevos puestos de trabajo y la empleabilidad de los ciudadanos.”

Por otro lado, el proyecto de Ley propone abrogar la Ley N° 957-M.

Extensión de la vigencia del Distanciamiento Social

Después, el cuerpo legislativo deberá abordar, sobre tablas, si adhiere al DECNU N° 814-2020 referido al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y Distanciamiento Social, Preventivo Y Obligatorio. La presente ley da conformidad a lo establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial y tiene vigencia hasta las veinticuatro 24 horas del día 8 de noviembre del 2020.

Convenio con la Universidad Católica de Cuyo (UCC)

Además, los legisladores deberán abordar el mensaje Nº 105 y proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo mediante el cual propone la aprobación del Convenio Específico de Asistencia y Cooperación suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Juan, representada por el Sr. Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Lic. Domingo Raúl Tello y la Facultad de Ciencias Químicas y Tecnológicas de la Universidad Católica de Cuyo, representada por el Sr. Rector de la Universidad Dr. Claudio Marcelo Larrea y el Sr. Decano de la Facultad Lic. Raúl Alberto García.

Por el mencionado Convenio, las partes se comprometen a abonar, en partes iguales, el costo del arancel de inscripción de 27 personas en la Diplomatura en tratamiento de Residuos Sólidos, de la Facultad de Ciencias Químicas y Tecnológicas dependiente de la Universidad Católica de Cuyo Sede San Juan, a dictarse en el presente año.

Plan Nacional de Seguridad Alimentaria a personas con celiaquía

Después, el cuerpo legislativo deberá considerar el Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo mediante mensaje Nº 108, por el que se aprueba el Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina Contra el Hambre Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, suscripto el 28 de julio de 2020 entre la Secretaría de Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; y el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia de San Juan.

El objeto de este asunto es garantizar la seguridad alimentaria a personas con enfermedad celíaca en condiciones de vulnerabilidad social, localizadas en jurisdicción de la Provincia de San Juan, con el fin de brindar una prestación alimentaria mediante la entrega de alimentos sin TACC, en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio por Covid-19, adaptado según determinen las medidas provinciales; ratificado por Decreto N° 1220-MDHyPS-2020, del 21 de septiembre de 2020.

Convenio con AR-SAT

Más tarde, abordarán un Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo mediante mensaje Nº 125, por el que se aprueba el Convenio celebrado entre la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (AR-SAT); la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación; y el Gobierno de la Provincia de San Juan, con el objeto de establecer  un marco para la colaboración y cooperación institucional entre las partes, a fin de asistirse y asesorarse mutuamente para promover el acceso y uso compartido de infraestructura física de telecomunicaciones, tendiendo a reducir la brecha digital en el menor plazo posible, a través del uso eficiente de las infraestructuras físicas existentes, en el marco del PLAN CONECTAR 2020-2023.

Asimismo, las partes acuerdan considerar que tendrán prioridad para los programas de cooperación, las áreas que a continuación se detallan:

Cabe señalar,  que el PLAN CONECTAR fue presentado el 16 de septiembre de 2020 por el Poder Ejecutivo Nacional, y tiene como principal objetivo potenciar la universalización del acceso a los servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones y a las conexiones de banda ancha de última generación. Está conformado por cuatro ejes principales, que son:

Por otro lado, mediante la Ley N° 26.092 fue creada ARSAT cuyo objeto social es realizar por sí, o por cuenta de terceros o asociada a terceros: a) el diseño, el desarrollo, la construcción en el país, el lanzamiento y/o la puesta en servicio de satélites geoestacionarios de telecomunicaciones en posiciones orbitales que resulten o que resultaren de los procedimientos de coordinación internacionales ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones (U.I.T.) y bandas de frecuencias asociadas; b) la correspondiente explotación, uso, provisión de facilidades satelitales y/o comercialización de facilidades satelitales y/o servicios satelitales y/o conexos.

Plan Nacional para la prevención del sobrepeso y obesidad en niños, niñas y adolescentes

Asimismo, deberán debatir si otorgan acuerdo al mensaje Nº 109 y Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo mediante mensaje Nº 109, por el que se aprueba el Convenio Marco suscripto entre la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de San Juan, por el que se implementa el Plan nacional de Alimentación Saludable en la Infancia y Adolescencia para la prevención del sobrepeso y obesidad en niños, niñas y adolescentes, (PLAN ASI).

El objetivo General del Convenio Marco es consolidar y fortalecer una estrategia nacional intersectorial y en distintos niveles jurisdiccionales para detener la epidemia creciente de sobrepeso y obesidad en niños, niñas, y adolescentes hasta los 18 años de edad en la República Argentina en un periodo comprendido entre los años 2019 y 2023.

Convenio con la Dirección Nacional de Vialidad

Seguidamente, deberán tratar el mensaje Nº 120 y Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo mediante mensaje Nº 120, por el que solicita se apruebe el Convenio suscripto entre la Dirección Nacional de Vialidad y el Gobierno de la Provincia de San Juan, por el que se transfiere la operación y mantenimiento de un Sistema de Alumbrado ubicado en la Ruta Nacional Nº 40, intersección desde RP N° 179 (calle 8) hasta intersección RN N° 40 y RP N° 155 (calle 5) incluyendo calle Maurín, entre calle 6 y calle 7, en obra terminada; ratificado por Decreto Nº 1334MOSP-2020, del 13 de octubre de 2020.

El acuerdo establece que la Provincia de San Juan, como responsable de operar y mantener el Sistema de Alumbrado, asume el pago de los consumos de energía eléctrica ante el proveedor del servicio, y no recibirá compensación económica ni indemnización alguna por los gastos que incurra en el mantenimiento, operación y pago de servicios correspondientes al Sistema de Alumbrado. Por otra parte, la Dirección Nacional de Vialidad, mantiene facultades de control, inspección y fiscalización del Sistema de Alumbrado, de los bienes que lo integran.

Convenio con la Asociación Civil Sociedad Israelita de Beneficencia de San Juan

También, los parlamentarios considerarán el mensaje Nº 124 y Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo, por el que se aprueba el Convenio Marco entre el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia; y la Asociación Civil Sociedad Israelita de Beneficencia de San Juan, suscripto el 1 de octubre de 2020, el que tiene por objeto la unión y la coordinación entre ambas partes a fin de sumar esfuerzos para establecer caminos de actuación que favorezcan e incrementen el beneficio mutuo y sus aportes a la comunidad; tienen objetivos comunes y complementarios en el área de la capacitación y educación, fomentando la investigación, la formación de recursos profesionales, actividades para la comunidad con impacto social; ratificado por Decreto N° 1352-MDHyPS-2020, del 16 de octubre de 2020.

Proyectos de Resolución

Luego, el cuerpo legislativo deberá considerar los siguientes proyectos de Resolución que declaran de interés:

 Proyectos de Comunicación

Además, la Cámara de Diputado abordará los siguientes proyectos de Comunicación que solicitan al Poder Ejecutivo:

Proyectos que serán girados a las Comisiones

Los legisladores remitirán a estudio y análisis de las respectivas comisiones los siguientes proyectos de Ley remitidos por el Poder Ejecutivo que proponen:

Además, ingresará para el tratamiento en comisiones una comunicación oficial por parte del Consejo de la Magistratura por la que remite ternas para cubrir siete cargos vacantes (Fuero Civil, Laboral, Familia y Paz).

Por otro lado, girarán a las respectivas comisiones para su estudio y análisis los siguientes proyectos de Ley, de autoría de los distintos bloques del Poder Legislativo, que proponen:

 Asimismo, enviará a las comisiones los siguientes proyectos de Resolución que plantean declarar de interés:

Por último, los diputados remitirán a las respectivas comisiones los siguientes proyectos de Comunicación que solicitan al Poder Ejecutivo:

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