La expansión del narcotráfico y la violencia asociada a economías criminales transnacionales ha obligado a Ecuador a buscar respuestas que no se concentren solamente en más operativos policiales o reformas penales de coyuntura. En el centro de esa discusión aparece un instrumento menos visible para la opinión pública, pero decisivo en cualquier estrategia estatal: la capacidad de los tribunales para procesar casos complejos, sostener medidas cautelares, dictar sentencias y golpear las finanzas criminales con decomisos y multas efectivas.
En Europa, particularmente en Italia y España, la especialización judicial se consolidó como una herramienta para enfrentar organizaciones criminales con estructuras empresariales, redes de corrupción y alta capacidad de intimidación. Ecuador ha comenzado a transitar una ruta similar: concentrar competencias, formar jueces para casos de alta complejidad y estandarizar decisiones para reducir brechas y demoras. La pregunta no es solo si el diseño es “moderno”, sino si está entregando resultados medibles en condenas, tiempos y consistencia procesal.
De acuerdo al análisis de una organización internacional especializada en el tema, y basada en información pública, la arquitectura ecuatoriana de justicia especializada se consolidó al unificar competencias para el juzgamiento de delitos vinculados a corrupción y crimen organizado bajo una jurisdicción nacional con sede en Quito, estructurada en tres instancias: unidades (primer nivel), tribunales (etapa de juicio) y salas (recursos). El mismo análisis, sustentado en normativa pública, detalla que el modelo fue definido mediante una resolución del órgano de gobierno de la Función Judicial, y que su operación arrancó el 9 de diciembre de 2022, con un catálogo de delitos que incluye varios tipos penales de corrupción y varias decenas asociados al crimen organizado.

La lógica detrás de esa concentración es operativa: los casos de delincuencia organizada, lavado de activos, tráfico de drogas, armas o terrorismo suelen requerir decisiones judiciales rápidas y técnicamente consistentes para evitar fugas, proteger la evidencia, impedir la reconfiguración de redes y asegurar que la fase de juicio no colapse por incidentes procesales.
En términos comparados, es la misma premisa que empujó a sistemas como el italiano, históricamente presionado por mafias territoriales, y el español, con experiencia en crimen organizado y terrorismo, a especializar fiscalías y judicaturas: si el fenómeno es sistémico y transnacional, la respuesta judicial debe serlo también.
Los datos disponibles permiten describir un desempeño que, al menos en ciertos indicadores, luce por encima de la justicia común. La tasa de sentencias condenatorias en esta jurisdicción alcanza el 77,6%, y la eficiencia procesal reduce los tiempos promedio de resolución a 4,3 meses en unidades de primer nivel, con promedios de 5,3 meses en tribunales y 2,4 meses en salas, lo que sugiere una capacidad de respuesta relativamente estable en el tiempo incluso con incremento de casos.
La especialización también se refleja en la distribución de decisiones por instancia. En el primer nivel predominan autos de llamamiento a juicio (43,3%), seguidos por resoluciones por conflicto de competencia (22,7%) y decisiones mixtas (10,8%), mientras que la emisión de sentencias condenatorias es marginal (4,4%) en esa etapa, lo que confirma que el peso sentenciador recae en los tribunales.
Los tribunales especializados dictan sentencia en el 76,1% de las causas que conocen, mientras alrededor del 20% se mantiene activo en esa instancia. Además, en un 5% de los casos los jueces deben pronunciarse sobre su competencia para resolver. En las salas, el rol es más “de control”: resuelven conflictos de competencia en el 41,4% de los casos y tramitan apelaciones de medidas cautelares en el 25,2%. En ese ámbito, el sistema tiende a rechazar pedidos de medidas más favorables en 9 de cada 10 casos y a ratificar decisiones sobre sentencias en 7 de cada 10.
El uso de la prisión preventiva aparece como otro rasgo del modelo. La prisión preventiva concentra el 75,3% de las medidas cautelares, seguida por la prohibición de salida del país con obligación de presentación periódica (18,7%). Esto no prueba por sí mismo “mejor justicia”, pero sí muestra una orientación: priorizar el aseguramiento del proceso en delitos graves donde el riesgo de fuga y obstrucción suele ser alto.

En materia penal sustantiva, el tipo imputado dominante es la delincuencia organizada. Este delito representa el 63% de las imputaciones, y el procesamiento se realiza mayoritariamente por procedimiento ordinario (84,8%) frente al abreviado (15,2%). En sanciones económicas, el 69% de sentenciados por delincuencia organizada recibe multas entre 10 y 20 salarios básicos unificados (SBU, que en Ecuador es de USD 470), proporción similar a la observada en tráfico de armas (80% en ese rango), mientras que en terrorismo la severidad sube: 88% con multas entre 50 y 60 SBU. Y respecto a decomisos, al 50,2% de los procesados sentenciados se les requisó al menos un bien.
Los resultados no eliminan problemas estructurales. Según el análisis internacional, el rezago de causas activas se concentra en tribunales (55% hasta julio de 2025), lo que sugiere cuellos de botella en la instancia sentenciadora. Además, el mayor factor de fricción aparece en los diferimientos: De acuerdo al análisis de una organización internacional especializada en el tema, y basada en información pública, el 86% de las causas registra al menos un diferimiento, por inasistencias, cambios de defensa, fallas en conexiones de audiencias virtuales u otros factores que no siempre dependen del juez.

Incluso con digitalización, hay un problema de transparencia utilitaria: menos del 5% de los casos figura como reservado, pero la calidad de la información publicada en el sistema judicial constituye un área de mejora.
Ecuador ensaya una respuesta institucional que se acerca a experiencias europeas de especialización frente a criminalidad compleja. Los números muestran avances, pero la prueba de fuego está en sostener esos estándares en medio de una institucionalidad debilitada, de la volatilidad del ecosistema político ecuatoriano y de las falencias estructurales del sistema de justicia.
