El transporte de minerales en San Juan está regulado por la Ley 494-M, que establece la obligatoriedad de la guía de tránsito para garantizar la trazabilidad y legalidad de cada carga. Este documento es el único que habilita el traslado de minerales dentro y fuera de la provincia.
¿Por qué es obligatoria la guía de tránsito?
La guía de tránsito asegura que los minerales provengan de canteras y minas registradas, evita el transporte ilegal y permite a las autoridades controlar el origen y destino de la carga. Un remito comercial no reemplaza este documento.
¿Quién emite la guía de tránsito?
El Registro de Productores, Comerciantes e Industriales mineros, del Ministerio de Minería de San Juan, es el organismo encargado de otorgar la guía. Solo los inscriptos en este registro pueden solicitarla. Ingresando a REQUISITOS PROD MINEROS en la web del Ministerio de Minería, se puede acceder a las condiciones de inscripción según la modalidad.
Cómo se utiliza la guía
- La guía se emite por cuadruplicado.
- Original: queda en la autoridad minera.
- Duplicado: queda en posesión del concesionario o productor.
- Triplicado y cuadruplicado: acompañan la carga, quedando el triplicado para el destinatario del mineral.
Sanciones por no llevar la guía
- Transportar minerales sin guía es una infracción grave. La Ley 494-M establece multas sobre el valor de la carga:
- Primera vez: 25%
- Segunda vez: 50%
- Tercera vez: 100%
- Además, la carga puede ser retenida hasta que se regularice la situación.
Control y fiscalización
Gendarmería Nacional y Policía, realizan controles en rutas provinciales y nacionales, incluye puestos fronterizos, para garantizar el cumplimiento de la normativa y la transparencia en la actividad minera. El ministerio recibe informes de los controles ante irregularidades.



