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Noticias

Discapacidad: ordenan regularizar pagos a prestadores en un plazo de 72 horas

Por Consultas y Trámites
miércoles 20 de mayo de 2026
11 minutos de lectura
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Contents
“La situación era de extrema gravedad”Un fallo con alcance colectivoInstituciones endeudadas y tratamientos en riesgoEl límite judicial al argumento administrativo

El juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja ordenó a Incluir Salud y PAMI normalizar en un plazo de 72 horas los pagos de prestaciones previstas en la Ley 24.901 para personas con discapacidad. La medida tiene alcance colectivo y beneficia a titulares de Pensiones No Contributivas con CUD en Córdoba.

La Justicia Federal de Córdoba tuvo que recordarle al Estado algo que, en teoría, no debería requerir expediente, abogados ni dramatismo judicial: las personas con discapacidad necesitan continuidad en sus tratamientos, medicamentos, pañales e insumos básicos, no una aventura administrativa donde cada prestación parece tener que atravesar una odisea digna de Ulises, pero con sellos, planillas y demoras de pago. El juez Miguel Hugo Vaca Narvaja ordenó a Incluir Salud y PAMI normalizar en 72 horas los pagos previstos por la Ley 24.901, porque cuando el sistema se atrasa, no se atrasa un papel: se atrasa una vida.

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El caso comenzó con Martín, un joven con pensión no contributiva cuya familia llegó a la Justicia ante el riesgo concreto de perder prestaciones esenciales. Su hogar terapéutico, según explicaron los abogados que impulsaron el amparo, ya no podía sostener financieramente la situación. Dicho de otro modo: mientras el calendario avanzaba con la prolijidad cruel de siempre, las instituciones hacían equilibrio sobre una cuerda floja económica, pagando sueldos en cuotas, endeudándose y tratando de sostener tratamientos como quien intenta apagar un incendio con una carpeta administrativa.

Pero la resolución no quedó limitada a una familia. El magistrado aceptó el reclamo con incidencia colectiva, una figura que en este caso funciona como paraguas judicial para todos los titulares de Pensiones No Contributivas con Certificado Único de Discapacidad en la provincia de Córdoba. Es decir, la Justicia evitó que cada familia tuviera que iniciar su propio vía crucis legal para conseguir algo que ya está reconocido por ley. Una novedad casi revolucionaria en el país del “presente una nota”, “vuelva mañana” y “el sistema está caído”.

Las instituciones aportaron informes que describen un panorama crítico: deudas con proveedores, cargas sociales impagas, conflictos laborales y pagos demorados que comprometen servicios esenciales. El Pequeño Cottolengo Don Orione, por ejemplo, informó haber pagado más de $41 millones en intereses ante ARCA durante 2026, además de otros $14 millones acumulados el año anterior, por no poder afrontar obligaciones a tiempo debido a los retrasos estatales. En cualquier país normal, ese número alcanzaría para prender alarmas; en Argentina, además, alcanza para abrir tres debates, cinco excusas y una planilla de Excel con cara de póker.

El Gobierno defendió las demoras bajo el argumento de un “reordenamiento estructural” del programa Incluir Salud y sostuvo que no hubo reducción de cobertura. Pero el juez marcó un límite: los tiempos administrativos no pueden ponerse por encima del derecho a la salud. Porque una reestructuración puede sonar razonable en una presentación oficial, pero para una familia que espera medicación o terapia, la palabra “proceso” se parece demasiado a una puerta cerrada con llave del otro lado.

El juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja, titular del Juzgado Federal N°3 de Córdoba, ordenó al programa Incluir Salud y al PAMI normalizar en un plazo de 72 horas los pagos de las prestaciones previstas en la Ley 24.901, el sistema de cobertura integral para personas con discapacidad.

La resolución no beneficia solamente a una familia. El magistrado aceptó el reclamo con incidencia colectiva, por lo que la protección judicial se extiende a todos los titulares de Pensiones No Contributivas con Certificado Único de Discapacidad en la provincia de Córdoba.

La medida estará vigente por seis meses o hasta que exista una sentencia definitiva.

“La situación era de extrema gravedad”

La causa comenzó cuando la madre de Martín, un joven con pensión no contributiva, se reunió con los abogados Marta Lastra, José Roque y Diego Bustos ante el riesgo de perder prestaciones esenciales.

“El hogar al que asistía Martín ya no podía sostener más la situación financiera”, explicó Lastra sobre el caso que disparó el amparo.

Según detalló la letrada, el problema venía escalando desde fines del año pasado, pero en 2026 se agravó aún más.

“La situación era de extrema gravedad porque veníamos sufriendo desde fines del año pasado demoras muy importantes en los pagos. Pero este año se sumó directamente la suspensión en la entrega de medicamentos, pañales e insumos básicos durante febrero, marzo y abril”, sostuvo.

Frente a ese escenario, decidieron avanzar con un planteo que no quedara limitado a un reclamo individual.

“Cuando la mamá de Martín nos busca, nos plantea que el centro ya no podía sostener más la situación financiera. Entonces, en ese contexto de ahogo a las instituciones y de desamparo a los chicos, decidimos con el doctor Roque y el doctor Bustos armar una estrategia que no fuera solo un parche para Martín, sino que abriera el paraguas para todos los que están en la misma situación a través de un amparo colectivo”, explicó.

En el caso de Martín, las prestaciones adeudadas se remontaban, según precisó la abogada, a noviembre del año pasado.

Un fallo con alcance colectivo

El punto central de la resolución es la figura de incidencia colectiva. Esto significa que la decisión judicial no se limita al demandante original, sino que alcanza también a todas las personas con pensiones no contributivas y certificado de discapacidad que atraviesen la misma situación en Córdoba.

“Para nosotros era fundamental lograrla. En la práctica, esto significa que la orden del juez Vaca Narvaja no beneficia únicamente a nuestro cliente individual, sino que se extiende como un manto de protección para todos los titulares de Pensiones No Contributivas que tengan Certificado Único de Discapacidad en la provincia”, explicó Lastra.

Y agregó: “Es un logro tremendo porque frena ese goteo perverso donde cada familia tiene que pagar un abogado y hacer un juicio individual para que el Estado le dé lo que por ley le corresponde”.

La abogada aseguró además que el fallo obliga ahora a los organismos nacionales a regularizar toda la cadena de pagos.

“Ahora Incluir Salud y PAMI tienen que normalizar los pagos para todo el colectivo, evitando que sigan cortando tratamientos de manera arbitraria”, afirmó.

Instituciones endeudadas y tratamientos en riesgo

En el expediente, distintas instituciones cordobesas presentaron informes que describen un escenario financiero crítico. Entre ellas figuran la Asociación Apadim Córdoba, la Clínica Villa Bustos, el Centro de Vida Alegría, el Centro Educativo Terapéutico “Mi Lugar” y el Pequeño Cottolengo Don Orione.

Los documentos incorporados a la causa mostraron el impacto concreto de los atrasos estatales: pagos de salarios en cuotas, conflictos laborales, deuda con proveedores y un fuerte endeudamiento para sostener servicios básicos.

El caso más extremo fue el del Pequeño Cottolengo Don Orione, que informó haber pagado más de $41 millones en intereses ante ARCA durante 2026, además de otros $14 millones acumulados el año anterior, por no poder afrontar cargas sociales a tiempo debido a los retrasos del Estado.

La crisis también alcanzó a pacientes y familias. El expediente constató una suspensión total de medicamentos, pañales e insumos esenciales durante varios meses.

Desde el centro terapéutico “Mi Lugar” alertaron además que la discontinuidad de tratamientos rompe rutinas y provoca retrocesos severos en pacientes que necesitan continuidad para sostener avances logrados durante años.

El límite judicial al argumento administrativo

Ante el tribunal, el Gobierno nacional defendió las demoras bajo el argumento de un “reordenamiento estructural” del programa Incluir Salud y aseguró que no existió una reducción de cobertura.

Sin embargo, el juez Vaca Narvaja consideró que los tiempos administrativos no pueden estar por encima del derecho a la salud.

El fallo se suma a otros antecedentes judiciales que empezaron a cuestionar las consecuencias del ajuste sobre discapacidad, en medio de la discusión por la emergencia nacional del sector y las tensiones entre el Congreso y el Gobierno.

“El argumento del Gobierno con el tema del ‘déficit cero’ y el equilibrio fiscal es de una insensibilidad alarmante”, cuestionó la sentencia.

“En el expediente quedó demostrado, con informes de centros como el Cottolengo Don Orione o Apadim, que las instituciones se están endeudando y pagando millones en intereses porque el Estado no transfiere los fondos a término”, agregó.

Y concluyó: “No se puede usar el argumento de la falta de plata o de la reestructuración burocrática para dejar a un pibe sin medicación o sin terapia. La Justicia vuelve a ratificar que la vida y la salud están por encima de cualquier planilla de Excel”.

Ahora, según indicó Lastra, el foco estará puesto en que el Gobierno cumpla la resolución judicial. “Vamos a vigilar que el fallo se cumpla dentro de las 72 horas y que no haya más chicanas”, advirtió.

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