Los establecimientos industriales o especiales alcanzados por los decretos 674/89 y 776/92 tienen hasta el 31 de agosto de 2026 para presentar la declaración jurada anual de efluentes líquidos correspondiente a 2025. El nuevo sistema se abre con número de CUDE y la contraseña utilizada anteriormente.
Qué necesitás
El establecimiento debe estar empadronado en la Dirección de Protección Ambiental, tener sus datos actualizados y contar con el Código Único de Identificación de Establecimientos (CUDE). Prepará documentación técnica, datos de vuelcos, descargas, pozos, abastecimiento, horarios de trabajo, productos, materias primas, barros y croquis de ubicación, según corresponda.
Cómo hacer el trámite paso a paso
- Ingresá a la nueva plataforma con CUDE y contraseña.
- Revisá y guardá los datos generales.
- Completá la documentación técnica obligatoria.
- Declará vuelcos, descargas, pozos y abastecimientos aplicables.
- Informá días y horarios de trabajo.
- Agregá al menos un producto y una materia prima.
- Cargá datos de barros si corresponde.
- Adjuntá el croquis del establecimiento.
- Firmá según el tipo de firmante y guardá la constancia.
Cuánto cuesta
La página oficial no publica un arancel para esta presentación. No se afirmó que sea gratuita. Verificá en la plataforma si el establecimiento tiene obligaciones o cargos relacionados.
Cuánto demora y qué vigencia tiene
La prórroga vence el 31 de agosto de 2026 inclusive. La carga puede llevar más tiempo si faltan datos técnicos o el CUDE. No esperes al último día para recuperar acceso o corregir el empadronamiento.
Cómo hacerlo presencialmente
La declaración se carga en línea. La Dirección de Protección Ambiental informa atención en San Martín 451, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y teléfonos 3990-0400 internos 7026, 7080, 7081 y 7033 para consultas.
Problemas frecuentes
- No tener CUDE o contraseña vigente.
- Omitir el croquis obligatorio.
- Dejar sin cargar productos o materias primas.
- Confundir una prórroga de presentación con una exención.
- Aplicar el trámite a una empresa no alcanzada sin verificar jurisdicción.
Preguntas frecuentes
¿Todas las empresas deben presentarla?
No. Está dirigida a establecimientos alcanzados y registrados ante la autoridad indicada.
¿Qué período se informa?
La prórroga corresponde a la declaración anual 2025.
¿Qué pasa si no tengo CUDE?
Debés tramitarlo antes, porque es necesario para acceder a la carga.
Trámites relacionados
Fuentes oficiales
- Argentina.gob.ar — Declaración jurada de efluentes — consultada el 20 de agosto de 2026.







