Cuando un acta del Registro Civil de San Juan contiene un error u omisión, la persona con interés legítimo puede solicitar su rectificación. La división correspondiente evalúa los documentos y determina si la corrección puede resolverse administrativamente o requiere intervención judicial. No alcanza con señalar que el dato está mal: hay que aportar prueba documental.
Qué necesitás
- Nota dirigida al Registro Civil que explique con precisión el error u omisión.
- DNI original de la persona solicitante.
- Partida o acta que se pretende corregir.
- Documento público que demuestre cuál es el dato correcto.
- Acreditar interés legítimo respecto del acta.
Cómo hacer el trámite paso a paso
- Identificá exactamente el dato incorrecto y reuní el documento público que permite compararlo.
- Prepará una nota breve, clara y firmada con el pedido.
- Presentate en la oficina informada por el Registro Civil con originales y copias útiles.
- El área de rectificaciones revisará el caso.
- Esperá la comunicación sobre la vía administrativa o judicial que corresponde.
- Si la corrección se aprueba, consultá cómo obtener una nueva copia actualizada.
La sede publicada es Santa Fe 54 Oeste, Ciudad de San Juan. El horario informado es de 7:30 a 14 y el teléfono de consulta es 0264 4936836.
Cuánto cuesta
La ficha oficial no publica un monto. Consultá antes de concurrir si existe tasa y cuáles son los medios de pago vigentes.
Cuánto demora y qué vigencia tiene
No se informa un plazo único. La demora depende de la prueba aportada y de si el caso puede resolverse por vía administrativa o necesita un proceso judicial.
Problemas frecuentes
Una fotocopia privada o una explicación sin respaldo puede ser insuficiente. También es frecuente confundir rectificar el acta con pedir una copia nueva: si el error está en el registro original, primero debe resolverse la corrección.
Preguntas frecuentes
¿Cualquier persona puede pedir la corrección?
Debe existir un interés legítimo que vincule a la persona con el acta.
¿El Registro Civil corrige todos los errores directamente?
No. El organismo decide si corresponde la vía administrativa o judicial.
¿Puedo iniciar el pedido sólo por teléfono?
El teléfono sirve para consultar, pero la ficha describe una presentación presencial con documentación.
Trámites relacionados
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Fuentes oficiales
- Portal de Trámites de San Juan: https://tramite.sanjuan.gob.ar/tramite/d/307/rectificacion-de-partidas-
- Información verificada el 31 de agosto de 2026.






