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Agua Negra: Así se protege la sanidad al ingresar productos a Argentina.
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Agua Negra: Así se protege la sanidad al ingresar productos a Argentina.

San Juan. Las autoridades nacionales y provinciales, a través del Ministerio de Gobierno y la Secretaría de Relaciones Institucionales, en conjunto con el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), han intensificado la difusión de las normativas que rigen el ingreso de productos al territorio argentino mediante el Paso Internacional de Agua Negra.

Esta iniciativa busca fortalecer las medidas preventivas cruciales para evitar la introducción de plagas y enfermedades que amenazan la producción agropecuaria, el equilibrio ambiental y la salud pública del país.

Un punto clave enfatizado es la obligatoriedad de que los productos autorizados presenten un rotulado oficial expedido por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Chile, que no debe confundirse con el etiquetado comercial del fabricante. Este requisito es fundamental para garantizar la trazabilidad y sanidad de los bienes que ingresan.

Rigurosidad en los productos permitidos

La lista de artículos cuyo ingreso está permitido incluye conservas de pescado, porcinos y aves. Asimismo, se autorizan lácteos pasteurizados, abarcando leche fluida, condensada, en polvo, yogures, manteca, dulce de leche y quesos elaborados con leche tratada térmicamente. También se incluyen frutos y vegetales procesados, tales como papas fritas, frutas en almíbar, vegetales en vinagre, frutos secos tostados o salados, y productos enlatados o envasados al vacío. Mermeladas, frutas confitadas, jugos, azúcar y aceite completan el listado de elementos aprobados.

Una excepción particular se aplica a productos porcinos de alta gama: jamón serrano e ibérico, y lomo ibérico trozado o laminado sin hueso. Para su ingreso, es indispensable que provengan del Reino de España, presenten su envase original al vacío o en atmósfera controlada de fábrica, y estén correctamente rotulados para libre comercialización en España, según lo establecido por la Resolución 655/2017. Las cantidades, en todos los casos, deben ajustarse a un consumo personal y razonable.

El listado de prohibiciones

Por el contrario, la normativa prohíbe el ingreso de una extensa gama de productos. Entre ellos, se destacan los alimentos de manufactura casera, carnes de cualquier especie, chacinados, embutidos, y jamones no explícitamente autorizados. La miel y productos apícolas, así como los lácteos sin identificación o rótulo, también están vedados. De manera categórica, no se permite el ingreso de frutas y hortalizas frescas, flores, plantas de jardín, frutales, forestales u ornamentales, ni cualquier tipo de vegetal o sus partes (semillas, raíces, yemas, entre otros).

La restricción se extiende a animales vivos que carezcan de certificación sanitaria, alimentos para mascotas, productos veterinarios como sueros y vacunas. Asimismo, está prohibido el ingreso de insectos, bacterias, hongos, material reproductivo y otros microorganismos destinados a la investigación, al igual que tierra y sustratos.

El listado exhaustivo de todos los productos cuyo ingreso está permitido o prohibido a la Argentina puede consultarse aquí.

Desde el Ministerio de Gobierno se enfatizó que estas directrices buscan salvaguardar la sanidad del país, apelando a la responsabilidad compartida entre las entidades estatales y la ciudadanía. Se hizo un llamado a todos los viajeros a conocer y respetar la normativa vigente, destacando que esta simple acción es un pilar fundamental para proteger al sector productivo, la biodiversidad y la salud de la población en su conjunto.

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