Una persona jubilada o pensionada puede pedir que ANSES revise el haber cuando detecta un error en la liquidación o en la fecha desde la que comenzó a pagarse la prestación. El trámite requiere turno.
El reajuste puede modificar el retroactivo de una prestación ya otorgada. Antes de solicitarlo, identificá qué período, remuneración, aporte o fecha considerás incorrecto y reuní respaldo.
Respuesta rápida: necesitás Clave de la Seguridad Social, documentación del error y un turno para presentar el pedido en una oficina de ANSES.
¿A quién está dirigido?
A titulares de jubilaciones o pensiones ya otorgadas y cobradas que consideran incorrecto el cálculo o la fecha inicial de pago.
Qué necesitás
- CUIL y Clave de la Seguridad Social.
- Recibos de haberes de la prestación.
- Resolución o documentación de otorgamiento, si la tenés.
- Certificaciones de servicios, remuneraciones, aportes u otras pruebas del error.
- Constancia del turno asignado.
Cómo hacerlo paso a paso
- Revisá el recibo y la resolución para ubicar el error.
- Reuní los comprobantes del período, salario o fecha discutidos.
- Solicitá un turno en ANSES.
- Controlá día y oficina antes de concurrir.
- Presentá el pedido y conservá la constancia del expediente.
Qué conviene comprobar
Entre los motivos admitidos figuran errores en fecha de cese, adquisición del derecho, invalidez, muerte o nacimiento; períodos de servicios; categoría de autónomos; remuneraciones certificadas; aportes mixtos; aumentos; moratorias y descuentos.
Costo, plazo y modalidad
Es gratuito y presencial con turno. La ficha oficial no fija un plazo único de resolución.
Si tenés un problema
No confundas este reajuste con un haber mensual impago. Si no cobraste una mensualidad, corresponde el trámite de haberes impagos.
Preguntas frecuentes
¿Qué revisa ANSES?
La fecha inicial de pago o los elementos usados para calcular el haber y el retroactivo.
¿Se hace completamente en línea?
No. La guía indica pedir turno y presentar la documentación en una oficina.
¿Tiene costo?
No, es gratuito.
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Fuente oficial
Información revisada el 26 de septiembre de 2026 en Administración Nacional de la Seguridad Social. Confirmá en ese enlace cualquier cambio posterior.






