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Noticias

Cannabis medicinal para animales: Mendoza puso en marcha un sistema pionero para tratamientos veterinarios

Por Consultas y Trámites
martes 2 de junio de 2026
10 minutos de lectura
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Contenido
Creación del REPROVET y acceso reguladoRegistro obligatorio para profesionales y límites de cultivoControl sanitario, fiscalización y participación institucionalQué aplicaciones tiene el cannabis medicinal en animales

El Gobierno de Mendoza oficializó la creación del REPROVET, un programa destinado a regular el acceso, la prescripción y el cultivo de cannabis medicinal para tratamientos veterinarios. La medida, publicada en el Boletín Oficial, establece registros obligatorios para profesionales, controles sanitarios, límites de producción y mecanismos de fiscalización para garantizar un uso seguro y trazable en animales.

Durante años, los animales observaron desde la platea cómo los humanos debatían regulaciones, registros, formularios y permisos vinculados al cannabis medicinal. Mientras tanto, perros, gatos y otras criaturas de cuatro patas continuaban con la noble tradición de no entender absolutamente nada de la burocracia. Ahora, Mendoza decidió que también ellos tendrán su capítulo en el universo de las resoluciones administrativas, un territorio donde las firmas digitales florecen con más rapidez que cualquier cultivo autorizado.

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La escena podría imaginarse como una reunión de gabinete donde alguien recordó que las mascotas también envejecen, sienten dolor y atraviesan tratamientos complejos. En ese instante, la maquinaria estatal hizo lo que mejor sabe hacer: crear un registro. Porque toda gran transformación institucional parece comenzar con una sigla. Así nació REPROVET, una combinación de letras que suena a organismo futurista, pero que en realidad busca ordenar algo bastante terrenal: quién prescribe, quién cultiva, quién controla y qué animal recibe cannabis medicinal bajo supervisión profesional.

La novedad tiene además un ingrediente que suele aparecer cuando una actividad deja de ser experimental para convertirse en política pública: la trazabilidad. El cannabis para uso veterinario deberá pasar por controles, análisis de laboratorio, registros y seguimientos clínicos. En otras palabras, el aceite que llegue a un paciente animal tendrá probablemente más papeles respaldatorios que muchos ciudadanos cuando intentan renovar documentación un lunes por la mañana.

También aparecen los límites productivos, las inspecciones y las auditorías. Porque ningún sistema regulatorio se considera completo hasta que existe la posibilidad de que alguien revise planillas, recorra instalaciones y solicite informes semestrales. Las asociaciones protectoras y fundaciones que quieran participar deberán acreditar antecedentes, responsables técnicos y nóminas de animales. Un nivel de organización que haría sentir observados incluso a algunos consorcios de edificios.

Detrás de la formalidad administrativa, sin embargo, hay una cuestión más concreta: abrir una vía legal para tratamientos que veterinarios especializados consideran útiles en determinadas patologías. Casos de dolor crónico, trastornos neurológicos o acompañamiento en etapas avanzadas de enfermedad comienzan a encontrar un marco regulado. Y mientras el nuevo esquema toma forma, alguna mascota mendocina probablemente continúe con sus prioridades habituales: dormir veinte horas al día, perseguir objetos imaginarios y dejar que los humanos se ocupen de entender las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial.

Mendoza avanzó en la regulación del cannabis medicinal para uso veterinario al oficializar la creación del Programa REPROVET (Registro y Programa de Acceso a Cannabis Medicinal para Pacientes Veterinarios) y actualizar los procedimientos vinculados al cultivo de cannabis medicinal en la provincia. Las medidas fueron publicadas mediante las resoluciones 150 y 151 del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial.

Las disposiciones se encuadran en la Ley Provincial 9617, que regula la cadena de valor del cannabis medicinal y del cáñamo industrial, y buscan adecuar el esquema provincial a las modificaciones recientes implementadas en el régimen nacional del REPROCANN.

Creación del REPROVET y acceso regulado

El nuevo programa funcionará dentro del Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial y tendrá como objetivo garantizar un acceso seguro, controlado y trazable al cannabis medicinal para animales que presenten patologías susceptibles de tratamiento mediante derivados de cannabis.

La normativa contempla mecanismos de fiscalización, control sanitario y seguimiento profesional. Además, permitirá registrar a médicos veterinarios prescriptores, cultivadores, pacientes veterinarios y tutores responsables.

También podrán autorizarse actividades vinculadas al cultivo, transporte, procesamiento y extracción de derivados de cannabis destinados exclusivamente al uso veterinario.

Registro obligatorio para profesionales y límites de cultivo

La resolución crea el Registro de Médicos Veterinarios Prescriptores (REMVEP), de inscripción obligatoria para los profesionales que indiquen tratamientos con cannabis medicinal. Para acceder deberán contar con matrícula vigente, acreditar formación específica en medicina cannabinoide veterinaria y no registrar sanciones ético-profesionales incompatibles con el ejercicio de la profesión.

La inscripción tendrá una vigencia de tres años y podrá renovarse. Los veterinarios deberán registrar historias clínicas, diagnósticos, tratamientos, dosis indicadas y realizar un seguimiento periódico de los pacientes.

En materia de producción, la reglamentación establece límites para los cultivos autorizados. Los médicos veterinarios cultivadores podrán contar con hasta 16 plantas anuales en cultivos exteriores sobre una superficie máxima de 20 metros cuadrados, o hasta 35 plantas por ciclo en cultivos interiores, con un máximo de cuatro ciclos por año.

Las asociaciones civiles y fundaciones vinculadas al bienestar animal podrán acceder a mayores volúmenes, alcanzando hasta 32 plantas anuales en exteriores y hasta 70 plantas por ciclo en interiores, siempre vinculadas a pacientes veterinarios registrados.

Control sanitario, fiscalización y participación institucional

La autorización de cultivos exige requisitos de trazabilidad, georreferenciación, control de calidad y presentación periódica de informes. Además, todos los derivados de cannabis destinados al uso veterinario deberán ser analizados por laboratorios acreditados para garantizar estándares de calidad, inocuidad y trazabilidad.

Los informes deberán incluir información sobre el perfil cannabinoide de los productos utilizados. A su vez, el Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial podrá realizar auditorías, inspecciones y controles presenciales o remotos para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas.

La normativa prevé sanciones que van desde suspensiones temporales hasta la revocación definitiva de permisos en casos de incumplimientos graves o desvío de productos hacia usos no autorizados.

Asimismo, se creó un Comité Consultivo Honorario Veterinario, integrado por representantes de asociaciones vinculadas al cannabis medicinal veterinario, colegios profesionales, universidades, organismos científicos y actores del sector productivo. Entre sus funciones estarán la elaboración de recomendaciones técnicas, la promoción de investigaciones, la capacitación profesional y el asesoramiento al registro provincial.

De manera paralela, la Resolución 151 reglamentó los procedimientos para autorizar cultivos de cannabis medicinal por parte de usuarios, pacientes, terceros cultivadores, asociaciones, fundaciones y personas jurídicas vinculadas a proyectos de investigación, desarrollo e innovación, además de establecer parámetros técnicos, modelos de consentimiento informado y guías de traslado.

Qué aplicaciones tiene el cannabis medicinal en animales

En Argentina, el uso medicinal del cannabis ya cuenta con regulación para personas, pero hasta ahora no disponía de un marco específico para pacientes veterinarios. El nuevo programa busca brindar una vía regulada para tratamientos en animales bajo supervisión profesional.

Guillermo Genta, médico veterinario y socio fundador de la Asociación Civil Veterinarios Cannábicos Argentinos, sostuvo que resulta importante considerar a los animales como pacientes con los mismos derechos. Según explicó, “Buscamos la importancia de que se entienda de que son seres sintientes y sujetos de derecho, es decir, con igualdad de condiciones”.

El especialista indicó que el cannabis puede contribuir a aliviar diversas dolencias cuando su uso se encuentra correctamente indicado. “Todo ser vivo que tenga una columna vertebral como eje de sostén, tiene un sistema endocannabinoide el cual uno puede modular con extractos de la planta de marihuana”, afirmó. También señaló que “El cannabis es un aliado. Hay un montón de respuesta terapéutica, incluso mejor que la farmacología convencional”.

Entre las principales indicaciones se encuentran el dolor crónico, dolor agudo, dolor postraumático, secuelas neurológicas, epilepsia refractaria, acompañamiento en fin de vida, síndrome de disfunción cognitiva senil y otras alteraciones cognitivas.

Uno de los casos difundidos es el de Pimienta, una perra que sufrió la rotura de un ligamento cruzado y que, tras dos intervenciones quirúrgicas y el rechazo de una prótesis, inició un tratamiento con aceite de cannabis por recomendación veterinaria. Su tutora, Bárbara, aseguró que la evolución fue favorable y destacó el acompañamiento profesional durante todo el proceso.

Respecto de los riesgos, Genta recordó que el uso debe ser supervisado por profesionales. “Como toda terapia, la dosis hace al veneno”, expresó. Además, sostuvo que, cuando es utilizado de manera adecuada y basada en evidencia científica, el cannabis puede constituir una alternativa terapéutica segura dentro de determinadas indicaciones veterinarias.

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