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Tramites: ¿Cómo Escriturar tu vivienda sencillamente y de forma económica?

Por Consultas y Trámites
miércoles 9 de febrero de 2022
3 minutos de lectura
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Qué es la Dirección de Regularización y Consolidación Dominial

La Dirección de Regularización y Consolidación Dominial es un organismo dependiente del Ministerio de Gobierno que tiene por finalidad brindar solución a todos aquellos poseedores y sus familias, que no han podido acceder a la titularidad de su única vivienda en la que habitan actualmente y que ocupan desde la fecha que establecen la leyes N° 24.374 y 1808-C, en forma lícita, acreditando tal circunstancia con la documentación pertinente.

Contents
Qué es la Dirección de Regularización y Consolidación DominialAsesoramiento y turnos¿Quiénes pueden acceder al trámite?Requisitos para acogerse a los beneficios de la ley¿Cómo acreditar la ocupación del inmueble?¿Quiénes están excluidos para iniciar el trámite?¿Cuál es el costo del trámite?¿Cómo asesorarse para el trámite?

Asesoramiento y turnos

Vía WhatsApp al 2644823359

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¿Quiénes pueden acceder al trámite?

Las personas humanas ocupantes originarias del inmueble, que no sean propietarias de otra vivienda.

El cónyuge y herederos del ocupante originario que hayan continuado con la ocupación del inmueble.

Las personas, que sin ser herederos, hayan convivido con el ocupante originario, recibiendo trato familiar y que hayan continuado con la ocupación del inmueble.

Los que, mediante acto legítimo fuesen continuadores de dicha posesión.

Requisitos para acogerse a los beneficios de la ley

Poseer el inmueble por causa lícita durante tres (3) años con anterioridad al 1° de enero de 2009 (Se debe demostrar que se vive en el inmueble mínimamente desde el año 2006)

Que el inmueble tenga como destino principal el de casa habitación, única y permanente.

¿Cómo acreditar la ocupación del inmueble?

Con cualquier tipo de constancia documental en la que conste el domicilio del inmueble a regularizar y la fecha de expedición de la misma.

Ejemplos:

  • Boleto de compraventa
  • Cesión de Derechos
  • Libreta de pagos
  • Títulos antecedentes
  • Recibo de compra
  • Cesión de Derechos Posesorios,
  • DNI de los beneficiarios y del grupo familiar que habitan el bien a regularizar
  • Recibos de pago de Tasa Municipal y/o Impuesto Inmobiliario provincial, Facturas de servicios, agua, Electricidad, Cable, Gas Natural, teléfono fijo y celular, internet, etc.
  • Planos de cualquier clase si los hubiese.
  • Libretas escolares, certificados médicos, certificados de trabajo, correspondencia, resúmenes de tarjetas de crédito, etc.
  • Partidas de nacimiento, matrimonio, defunción actualizadas, certificados, resoluciones judiciales o informaciones sumarias que acrediten el estado civil, parentesco o la condición que invocaren.

¿Quiénes están excluidos para iniciar el trámite?

  • Los propietarios o poseedores que tengan otra vivienda
  • Los inmuebles de dominio público y privado de la Provincia de San Juan.

¿Cuál es el costo del trámite?

El único costo que tiene que pagar el ocupante una vez finalizada la etapa administrativa previo a escriturar, es una contribución única del 1 % del avalúo fiscal.

¿Cómo asesorarse para el trámite?

  • En forma presencial, en la oficina de la Dirección, ubicada en calle Agustín Gnecco N° 395 (sur), de 7 a 13 horas.
  • O por Whatsapp al 2644823359, enviando tu consulta.

Fuente: Sisanjuan

TAGGED:Dirección de Regularización y Consolidación Dominialgobierno de san juanSan JuanTramites
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