A partir del 1 de diciembre, queda habilitada oficialmente la temporada de pesca deportiva en San Juan, tras finalizar el período de veda establecido para la recuperación de las especies. La actividad queda autorizada bajo los lineamientos de la Resolución 956/25, que regula las prácticas en los distintos espejos de agua y cauces de la provincia.

El reglamento contempla normas específicas para cada dique y embalse, con el objetivo de preservar la biodiversidad y asegurar un uso sostenible del recurso. En el Dique San Agustín, en Valle Fértil, se permite la extracción de hasta 10 pejerreyes y/o 5 sogyos por pescador por día.

En el Dique Ullúm, la pesca estará habilitada únicamente del 1 de diciembre al 30 de abril, con un máximo de 10 pejerreyes diarios. El resto del año permanecerá vedado.

Para Punta Negra, se autoriza la extracción de 10 pejerreyes y la pesca de una trucha con devolución obligatoria, por pescador por día, entre el 1 de diciembre y el 19 de agosto.

En el Dique Cuesta del Viento, el límite es de 15 pejerreyes hasta el 19 de agosto. Durante la veda, se permitirá la pesca deportiva de esta especie con un máximo de 10 ejemplares diarios.

Por su importancia ecológica, los diques Caracoles y Cauquenes permanecerán vedados durante todo el año.

La normativa establece además que solo pueden extraerse piezas de 25 centímetros o más, y que se permite el uso de dos cañas por pescador, cada una con un máximo de dos anzuelos simples cuya abertura interior no sea menor a 1,5 centímetros.

La Secretaría de Ambiente recordó la importancia de respetar la reglamentación vigente para asegurar la conservación de las especies y promover una pesca sostenible que proteja los ecosistemas acuáticos de la provincia.