Existe una mediación administrativa voluntaria y gratuita para conflictos vinculados con aranceles por el uso de obras protegidas. Pueden solicitarla usuarios individuales, cámaras o asociaciones que los representen y sociedades de gestión colectiva registradas. Se inicia mediante un formulario y no reemplaza la mediación prejudicial obligatoria ni suspende plazos legales o contractuales.
Actualizado el 7 de octubre de 2026.
Qué conflictos admite
El procedimiento busca facilitar una solución amistosa cuando existe una controversia sobre aranceles por la utilización de obras que generan derechos de autor o derechos conexos. No es un canal general para registrar una obra, denunciar un plagio o consultar cualquier cuestión cultural.
La participación es voluntaria: ninguna parte queda obligada a aceptar una propuesta. El mecanismo es imparcial, confidencial y gratuito. Su resultado no sustituye las vías judiciales ni los procedimientos obligatorios que puedan corresponder.
Quiénes pueden iniciar
Pueden presentarse usuarios individuales de obras, cámaras, asociaciones o entidades representativas de usuarios y sociedades de gestión colectiva. Estas últimas deben estar incorporadas al registro correspondiente. Si actuás por una entidad, prepará la documentación que acredite la representación.
Antes de enviar, identificá a la otra parte, el arancel discutido, las obras o usos involucrados y el período del conflicto. Reuní facturas, comunicaciones, liquidaciones y cualquier antecedente que permita comprender la diferencia.
Cómo hacer la solicitud
Completá el formulario de inicio con datos verificables y una explicación breve. Adjuntá los antecedentes solicitados y guardá la constancia. La presentación debe permitir distinguir quién reclama, contra quién y por qué concepto.
La admisión formal no significa que la controversia esté resuelta. Si el caso corresponde, se solicita la intervención de una persona mediadora imparcial. Revisá las comunicaciones y respondé dentro de los plazos indicados.
Qué no produce el trámite
La mediación no dicta una sentencia, no fija automáticamente un arancel y no interrumpe vencimientos. Si existe un plazo judicial, contractual o administrativo, controlalo por separado. Tampoco conviene suspender pagos o actuaciones sin asesoramiento específico.
Cómo prepararse
Definí qué resultado sería aceptable y separá hechos de opiniones. Llevá una cronología y cifras respaldadas. Una propuesta concreta facilita el diálogo y evita convertir la audiencia en una discusión sin salida.






