El ministerio será responsable del Plan Provincial de promoción de la investigación y producción de cannabis con fines científicos, medicinales y terapéuticos.
San Juan adhirió a la Ley Nacional 27.350 que regula la investigación médica y científica del uso medicinal, paliativo del dolor y terapéutico de la planta de cannabis y sus derivados en pacientes con patologías determinadas. Lo hizo a través de la Ley Provincial 1926-Q y el Poder Ejecutivo, mediante decreto reglamentario, otorgó al ministerio de Salud Pública el estado de autoridad de aplicación.
Es así que el ministerio de Salud Pública emitió la resolución 3585 donde aprueba el Plan Provincial de Promoción de la Investigación y Producción de Cannabis con fines científicos, Medicinales y Terapéuticos. Los primeros pasos se abocarán a la capacitación y formación de los equipos de profesionales de la salud.
Este plan provincial apunta a promover el establecimiento, conservación, financiación y explotación de cultivos de cannabis en sus variedades medicinales y su industrialización en el territorio provincial y estará bajo la órbita de la secretaría Técnica del ministerio de Salud Pública a través de la División Farmacia.
La ministra de la cartera sanitaria, Dra. Alejandra Venerando, destacó la importancia del comienzo de esta nueva responsabilidad, “nos enfocaremos en la capacitación profesional de nuestros equipos no sólo en los aspectos relativos al uso científico, medicinal y terapéutico del cannabis, sino también en asesorar a las personas que lleguen a pedir el aceite a nuestro ministerio. La Ley Nacional destaca puntualmente que en un principio sólo se autorizará la entrega a pacientes que padezcan epilepsia refractaria, pero sin dudas en un futuro cercano habrá otras aplicaciones ya que se están estudiando otros beneficios del cannabis medicinal en otras enfermedades”.
Sobre este inicio, el ministerio capacitará a los funcionarios de Salud Pública para brindar la mayor información posible a la población, en sus hospitales y centros de salud, para que no se forme una expectativa masiva de utilizar el aceite en cualquier patología. Esto se debe a que sólo está reglamentada la epilepsia refractaria, pero hay otras enfermedades que están avanzadas en la utilización del cannabis medicinal para su tratamiento paliativo.
Para poder acceder al suministro de aceite de cannabis medicinal, el paciente tiene que estar inscripto en el Inscribirse en el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (RECANN). Con esa constancia de inscripción, debe acercarse por la División Farmacia del ministerio de Salud Pública para completar la registración en la provincia. De esa forma, recibirá el cannabis medicinal cuando en San Juan ya esté la producción lista. Este registro provincial tiene también la función evitar las dilaciones en la provisión del producto a quienes lo tramiten. Estos datos son confidenciales y sólo servirán para estadísticas y fines científicos. También estarán incluidos los familiares que actúen en calidad de representantes legales de personas inscriptas en el registro nacional.
La ley nacional es una norma de excepción a la ley de estupefacientes, por lo que, para que San Juan habilite a una empresa estatal se tuvieron que dar pasos legales estrictos que ya se cumplieron. Ahora la provincia está en condiciones de comenzar con el cultivo y explotación de cannabis y sus derivados con fines científicos.
Salud Pública establecerá convenios interministeriales con las carteras de Producción y de Gobierno para abarcar todas las áreas del Plan Provincial de promoción de la investigación y producción de cannabis donde se encuentren afectadas sus áreas de incumbencia (seguridad, convenios con CONICET, INTA, etc).