Si pasaron más de cinco días hábiles desde el alta y la ART rechazó tu pedido de volver al tratamiento o no contestó durante diez días corridos, podés solicitar la intervención de una comisión médica.
La comisión evaluará si corresponde que la ART o el empleador autoasegurado retome las prestaciones. Es importante conservar la solicitud de reingreso y la respuesta negativa, si existió.
Respuesta rápida: podés iniciar por ARCA e-Servicios o de manera presencial, con DNI, prueba del pedido previo, Formulario Anexo IV y documentación médica.
¿A quién está dirigido?
A trabajadores dados de alta por una ART o empleador autoasegurado que pidieron reingresar al tratamiento después de más de cinco días hábiles.
Qué necesitás
- Copia del DNI.
- Denegación fehaciente de la ART o copia de la solicitud sin respuesta.
- Formulario Anexo IV de la Resolución SRT 5/26 completo.
- Prueba de la competencia territorial de la comisión médica.
- Historia clínica, estudios e informes vinculados con la contingencia.
Cómo hacerlo paso a paso
- Presentá primero el pedido de reingreso ante la ART y guardá constancia.
- Si lo rechazan, no hace falta esperar diez días; conservá la negativa.
- Si no contestan, contá diez días corridos desde la solicitud.
- Completá el formulario y reuní los estudios.
- Iniciá el expediente en ARCA e-Servicios o ante la comisión médica.
Qué conviene comprobar
Este procedimiento corresponde cuando ya pasaron más de cinco días hábiles desde el alta. Si todavía estás dentro de los primeros cinco días, revisá el trámite de disconformidad con el alta médica.
Costo, plazo y modalidad
Es gratuito. La ficha no fija un tiempo único de resolución y permite presentación virtual o presencial.
Si tenés un problema
La falta de respuesta debe poder probarse con una copia o constancia de la solicitud. No confíes sólo en una conversación telefónica sin número de gestión.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo interviene la comisión?
Cuando la ART rechazó el reingreso o no respondió en diez días corridos.
¿Puedo iniciarlo en línea?
Sí, mediante ARCA e-Servicios, además de la vía presencial.
¿Qué pasa si el alta fue hace menos de cinco días hábiles?
Corresponde revisar el procedimiento de disconformidad con el alta.
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Fuente oficial
Información revisada el 26 de septiembre de 2026 en Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Confirmá en ese enlace cualquier cambio posterior.






