Afecta a los pagos del segundo, tercero, cuarto y quinto anticipo de los impuestos del período fiscal 2017. Mirá el cronograma.

AFIP modificó las fechas de ingreso del segundo, tercero, cuarto y quinto anticipo correspondientes al período fiscal 2017 de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, a partir de una resolución general publicada en el Boletín Oficial.

«El ingreso del segundo, tercero, cuarto y quinto anticipo correspondientes al período fiscal 2017 de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, deberá efectuarse en septiembre, octubre y diciembre de 2017 y en marzo de 2018, respectivamente», según el texto oficial.

El nuevo organigrama de pagos es el siguiente:

TERMINACIÓN CUIT          FECHA DE VENCIMIENTO

0, 1, 2 ó 3                            Hasta el día 13, inclusive

4, 5 ó 6                                Hasta el día 14, inclusive

7, 8 ó 9                                Hasta el día 15, inclusive

La AFIP aclaró que «cuando alguna de las fechas de vencimiento indicadas precedentemente coincida con día feriado o inhábil, la misma, así como las posteriores, se trasladarán correlativamente al o a los días hábiles inmediatos siguientes».

Además, puntualizó que «las obligaciones de presentación y, en su caso, pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2017 y siguientes, de las personas humanas y sucesiones indivisas, deberán cumplirse en junio de cada año, conforme al cronograma de vencimientos que se establezca para cada año calendario».

Lo mismo ocurrirá para la presentación y pago del impuesto a la ganancia mínima presunta, de acuerdo con lo dispuesto.

Con la medida publicada este miércoles, la AFIP dejó sin efecto las Resoluciones Generales 4.061-E, 4.081-E y 4.093-E, que habían establecido plazos especiales para la presentación y pago de aquellos impuestos.

Fuente: Infobae y tiempodesanjuan.com/