Hay varias exenciones y modificaciones en los principales tributos que habrá que tener en cuenta.
El año que viene la Dirección General de Rentas aplicará varios cambios en los impuestos. Hay muchas exenciones que responden a una política de eliminación de sobretasas, en cumplimiento del pacto fiscal acordado con la Nación. Un repaso por los más importantes.
INGRESOS BRUTOS
* Comercialización de vehículos automotores 0 km: Se determina una nueva forma de calcular la base imponible, que impacta en concesionarios y agencias oficiales de venta. Se calculara sobre la diferencia entre el precio de venta, al que se le restara el precio neto de compra, más un 12%. Es un cambio adaptado al nuevo Código Civil y Comercial. Con esto se busca que tributen solamente por el margen de ganancia y no por el valor total como lo venían haciendo hasta ahora.
* Medicina Prepaga: Ahora van a pagar Ingresos Brutos. Hasta ahora, este grupo de empresas, enmarcadas en el rubro como Asociaciones mutuales y Asociaciones Civiles (Art.130) estaban exentas.
* Exención sobre Intereses de Caja de Ahorro y Plazo Fijo: Solamente quedan exentas de pagar tributo las personas y sucesiones indivisas. En cambio las empresas que hagan un plazo fijo, por ejemplo, sí tendrán que afrontarlo. Esto se hizo a los fines de incrementar la recaudación y promover la inversión genuina, desincentivando la especulación financiera.
* Exención para producción primaria: Para el caso de productores agropecuarios cuya explotación sea de hasta 30 hectáreas se elimina el requisito de tener cancelado los Impuestos Inmobiliario y Automotor vencidos al 30 de Junio del año inmediato anterior. Actualmente, si no paga, no pueden obtener los certificados de percepción y retención, indispensables para su actividad comercial. Esto no quiere decir que no tengan que pagar Inmobiliario y Automotor, pero si se atrasan recibirán el tratamiento de cualquier persona.
* Monotributistas: Desde el año próximo todas las categorías ingresan al Régimen Simplificado Provincial, bajo la misma modalidad en que estén inscriptas en la AFIP. Para el contribuyente implica que la DGR lo va a controlar en adelante no por declaración jurada, sino por lo que indique la AFIP.
* Empresas de otras provincias: Se elimina el tratamiento diferencial respecto a la ubicación. Por ello disminuye del 4% al 3% (alícuota general) la tasa para empresas que no posean domicilio en San Juan. Además las firmas que no tienen domicilio en San Juan y que desarrollen actividades agropecuarias se les disminuye al 1% (la alícuota general), y para las que desarrollen actividades industriales, disminuye al 1,5%.
* Dividendos de empresas: No se va a gravar la percepción de dividendos ni los revalúos porque el objetivo es que la empresa no tenga duplicidad en el pago. Se modifica el inciso relativo a los ingresos no alcanzados, incluyendo los ingresos originados en operaciones sobre acciones y en percepción de dividendos y revalúos.
IMPUESTO DE SELLOS
* Créditos hipotecarios: Todos los préstamos con garantía hipotecaria, otorgados por instituciones bancarias u organismos del Estado Provincial para la adquisición, construcción, ampliación, refacción y/o terminación de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente, quedan eximidas del impuesto de sellos. Esto se suma a la disminución de Ingresos Brutos, que pasó del 4% al 1,25%.
* Inversiones en agro, industria, minería, construcción y turismo: Quedan exentos de pagar impuesto a los sellos las compras, contratos y operaciones, realizados con motivo de la adquisición de bienes de Activo Fijo que tengan como fin la instalación o el aumento de las capacidades productivas o de trabajo destinada a los sectores agropecuario, industrial, minero, de la construcción y de servicios turísticos. El objetivo es bajar la carga fiscal a la inversión.
* Escrituras celebradas fuera de San Juan: Ya no se les cobrará el 4% de alicuota a las transferencia de dominio, constitución de hipoteca y otros actos sobre inmuebles otorgados fuera de la provincia. Esto busca eliminar las tasas diferenciales basadas en la ubicación del domicilio del contribuyente, algo combatido por juicios y fallos.
* Vehículos 0 km comprados en otra provincia: A partir del año próximo ya no se les cobrará el 3% adicional a los autos facturados en otras jurisdicción como también a la transferencia de dominio a título oneroso inscriptas en San Juan.
* Contratos de Leasing: Se modifica la forma de determinación de la base imponible para las transferencias de dominio de bienes muebles registrables. El valor sobre el que va a tributar al realizar la compra del bien es el convenido al momento de la adquisición o el valor fiscal, el que sea mayor. Todo lo pagado durante el alquiler se deduce, porque es tomado como pago a cuenta.
IMPUESTO INMOBILIARIO
*Jubilados: El haber mínimo para gozar de exención se lleva para el año 2018 a 10.700 pesos. Antes era 8.700 pesos.
IMPUESTO AUTOMOTOR
* Vehículos no alcanzados: Se corre un año y no tributan todos los vehículos cuyo modelo corresponda hasta el año 1998 y las motos, de hasta 100 cc, hasta los modelos 2008 inclusive.
*Montos mínimos: Se elevan los montos mínimos para tributar. Las motos pasan de $133 a $160, y los autos y demás vehículos, de $266 a $320.
Roberto Gattoni
Ministro de Hacienda
En el tema impuestos, la eliminación de sobretasas tanto de Ingresos Brutos como de Sellos viene en sintonía con algunos puntos del pacto de consenso fiscal acordado con la Nación. Y también con algunos fallos que ya hay en la Corte de Justicia de que esta especie de «aduanas interiores» no son constitucionales. O sea, estamos subsanando cuestiones que están en la Justicia con sentencia firme y que en el pacto fiscal nos comprometimos a eliminar. Son recursos que hemos resignado, pero lo hacemos en pos de generar menores costos a las empresas. En general, San Juan ha realizado una buena performance de baja de impuestos y de baja de presión fiscal para la industria y campo, que es donde apunta la reforma acordada en el pacto fiscal. A futuro, al 2022 debemos converger las provincias en la eliminación del impuesto de Sellos, con lo cual lo que estamos haciendo ahora es ir eliminando actividades y determinando exenciones en empresas y productores de bienes y servicios para que cumplido el plazo, no sea de golpe y significativo.
Fuente: https://www.diariodecuyo.com.ar/economia/Los-15-cambios-mas-fuertes-que-se-vienen-en-los-impuestos-provinciales-20171203-0062.html