Este jueves 28 de noviembre, una vez finalizada la Decimoquinta Sesión del período ordinario, el recinto de la Cámara de Diputados de San Juan será el escenario de la Segunda Sesión Especial, en cuyo transcurso será abordado como único tema el proyecto de Ley Interbloque, que propone la modificación de la Ley Nº 344-E, Defensoría del Pueblo.

La Sesión Especial fue convocada a través del Decreto Nº 1002-P, a partir del expediente iniciado por varios diputados que solicitaron la convocatoria a la misma para este jueves 28 de noviembre, para tratar como único tema, el proyecto de Ley presentado por Interbloque, que solicita la modificación de la Ley Nº 344- E, Defensoría del Pueblo.

Sobre las Sesiones Especiales

El Reglamento Interno de la Cámara de Diputados de San Juan establece a través del título Sesiones ordinarias, especiales y extraordinarias, en el Artículo 100º, que “son sesiones ordinarias las celebradas de acuerdo con el artículo 152° de la Constitución, en los días y horas de tablas; especiales, las que se efectúen fuera de esos días; y extraordinarias las que tengan lugar durante el receso de la Cámara y de conformidad con lo establecido en el artículo 153° de la Constitución de la Provincia.

estipula bajo el título Sesiones Especiales, en el Artículo 101º– Las sesiones especiales se realizarán por simple resolución de la Cámara o a petición de la tercera parte de los miembros, en la que deberá expresarse el objeto de la misma. En éste último caso el presidente de la Cámara hará citar a los diputados para el día y hora determinados en la petición. En las sesiones especiales no podrá tratarse otro asunto que aquel para el que se ha pedido la convocatoria.

Bajo el título, Citación a Sesión Especial, el Artículo 102º, reza que “Entre la citación a una sesión especial y la realización de ésta debe mediar un intervalo no menor de veinticuatro horas”.