La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos en las cuentas y tarjetas de las y los contribuyentes.

Las modificaciones permiten a las entidades financieras agilizar su operatoria y el organismo optimiza la información que recibe en forma automática y permanente sobre acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas.

¿A cuanto ascenderá el monto mínimo?

La última actualización se había realizado en 2018. La normativa de la autoridad tributaria que se publicará este jueves en el Boletín Oficial incrementa de $10.000 a $30.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de crédito.

Asimismo, la Resolución General 5138/2022 lleva de $30.000 a $90.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.

Fuente: Ambito.com