Es una prestación social que está dirigida a aquellos trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin justa causa.

¿Cuáles son los requisitos para realizar la inscripción?

  • Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

Detalles sobre la inscripción

  • Reunir toda la documentación necesaria, tanto personal como familiar. Si hubo intercambio de telegramas con el empleador, se deberá presentar también los telegramas, la constancia de la Secretaría de Gobierno de Trabajo.
  • Ingresar a Mi Anses con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social y subir la documentación.
  • Pedir turno en cualquiera de las oficinas de ANSES.
  •  Presentar la documentación requerida en la oficina consignada en el turno solicitado.

¿Qué documentación debo presentar para Prestación por Desempleo?

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato. laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • DNI original y copia.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.

Cabe aclarar que el trámite es presencial y tenes hasta 90 días hábiles para pedirla, desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral. Después de dicho plazo, te descontarán un día de prestación.

Fuente: Ambito.com